Mimp mejora normativa para proteger a niños y adolescentes


Las personas naturales y jurídicas que adviertan casos deberán informarlos en forma inmediata a las Unidades especializadas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o a la Demuna.

Así lo establece el Decreto Supremo N° 006-2024-Mimp, que modifica el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1297, decreto legislativo para la protección de las niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-Mimp. En este contexto, la disposición indica que la UPE o la Demuna podrán reservar la identidad de la persona que revele una situación de riesgo o desprotección familiar, cuando el caso lo requiera.