El juez de oficio podrá acceder a datos en línea sobre la capacidad económica de los demandados por alimentos

En los procesos de alimentos, el juez de oficio podrá acceder a información en línea sobre la capacidad económica de los demandados, en aplicación de la Ley N° 32006, publicada hoy en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
De acuerdo con esta norma, en esos procesos el juez de oficio podrá acceder en línea a los sistemas de información automatizados (planilla electrónica) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o a los sistemas de información automatizados de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y extraer en tiempo real la información sobre el centro de trabajo del demandado, su remuneración, gratificaciones,
vacaciones y cualquier suma de libre disponibilidad que provenga de la relación laboral de este y, de ser el caso, obtener información sobre la actividad comercial o profesional independiente y sobre la renta mensual que perciba por estas, así como las declaraciones juradas de renta anual que hubiera realizado por estas actividades.
En cierto modo, en los procesos de alimentos el juez podrá acceder en línea al sistema automatizado de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) y extraer en tiempo real la información bancaria y financiera del demandado.
También podrá así obtener información de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) sobre los bienes muebles e inmuebles activos e inactivos del demandado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) sobre el número total de hijos menores de edad que tuviera este.