Sunafil: Trabajadoras del hogar tienen derecho al pago de horas extras por el servicio doméstico adicional.
Si eres trabajadora del hogar y en la vivienda donde laboras se suele extender el trabajo por más allá de ocho horas diarias o 48 semanales, debes saber que el sobretiempo en el trabajo doméstico es voluntario y remunerado, según las reglas del régimen laboral general de la actividad privada.

El trabajo en sobretiempo se remunera con una sobretasa legal: por las dos primeras horas no puede ser inferior al 25% por hora, y de 35% para las horas restantes. Te ponemos un ejemplo: Si tu pago por ocho horas diarias es de 1025.00 soles, entonces, si lo dividimos entre 30 días que tiene un mes, te corresponde 34.16 soles por 1 día. Y esa cantidad dividida en 8 horas, resulta 4.27 soles por hora. Haciendo cálculos con los porcentajes, en caso realices una hora en sobretiempo te correspondería 5.3 soles por cada una de las dos primeras horas en sobretiempo y 5.7 soles por cada una de las horas restantes. Para los casos de pagos por transferencias bancarias, es importante que evalúes y si aceptas brindes ese consentimiento, según acuerdes con tu empleador. Recuerda que pueden pagarte de forma semanal, quincenal o mensual. Esta información fue brindada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), en el marco del Día de las Trabajadoras del Hogar, que se celebra este sábado 30 de marzo. Asimismo, indicaron que los empleadores que van a solicitar los servicios de sus trabajadoras del hogar este Jueves o Viernes Santo, deben considerar efectuar un triple pago por cada feriado laborado. De esta forma, se espera que cumplan con los derechos sociolaborales de las nanas, personal al cuidado de personas adultas mayores, de personas enfermas, personas con discapacidad, cuidado de mascotas domésticas y cuidado del hogar, como los jardineros, entre otros. La Sunafil exhortó a los empleadores a tomar en cuenta lo mencionado, ya que es considerado una infracción grave no pagar u otorgar íntegra y oportunamente las remuneraciones y los beneficios laborales a los que tienen derecho las trabajadoras y trabajadores del hogar, incluidos los establecidos por convenios colectivos, laudos arbitrales, así como la reducción de los mismos en fraude a la ley.